Arranca la obligatoriedad de la etiqueta energética del edificio

10/06/2013

 

Desde el 1 de Junio de 2013, existe la obligatoriedad de obtener la calificación y certificación energética de los edificios del País Vasco que se pongan en venta o alquiler.

Es una normativa exigida desde la Unión Europea en materia de sostenibilidad y que establece la obligación de certificar energéticamente los edificios y exige, a su vez, un sistema de control independiente en cada Estado miembro con el fin de asegurar la calidad de los certificados expedidos.

La calificación energética es el resultado de medir el consumo de energía necesario para satisfacer la demanda del edificio en condiciones normales de funcionamiento y ocupación. La calificación se realiza a través de una serie de letras que van desde la G, edificio menos eficiente, hasta la A, edificio más eficiente.

La certificación energética es el proceso por el que se verifica la calificación energética del edificio en forma de certificado y se distingue con una etiqueta parecida a la existente ya en electrodomésticos


Esta certificación energética lo que intenta subrayar es la idoneidad en el consumo energético de la vivienda y, por tanto, a la hora de comprar o alquilar un inmueble, se puede conocer a priori su comportamiento y gasto energético y compararlo con otros ofertados en el mercado inmobiliario.

Tienen obligación de tener el certificado energético:

  • Los edificios de nueva construcción
  • Los edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario. Se entiende por parte de un edificio la unidad, planta, vivienda o apartamento en un edificio o local destinados a uso independiente o de titularidad jurídica diferente, diseñados o modificados para su utilización independiente
  • Los edificios o partes de edificios existentes en los que una entidad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.

Este certificado tiene una validez de 10 años, pasado el plazo, deberá de ser renovado. Y siempre que sea exigible la etiqueta energética, se deberá exhibir la etiqueta de forma destacada y visible.

Las sanciones por no obtener el certificado van desde las leves con 300€ hasta las muy graves que se gravarán con 6.000€.

 Más información:

http://www.industria.ejgv.euskadi.net/r44-in0100/es/contenidos/informacion/eficacia_energetica/es_eficacia/preguntas.html

 

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