LA CONVERSIÓN DE CAJAS DE AHORROS A FUNDACIONES

23/06/2014

Muchas son las consecuencias del rescate financiero a la banca española que recientemente se ha cerrado.

Después de casi dos años y 41.300 millones de euros de préstamo, el Memorando de Entendimiento sobre Condiciones de Política Sectorial Financiera firmado por España y la Comisión Europea, marcaba, entre otras, la vigilancia del sistema financiero español tras el debacle sufrido y la obligación de reforzar los mecanismos de gobernanza de las Cajas de Ahorro y de los Bancos.

La Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias, recoge el testigo lanzado por la troika europea, y plantea una reestructuración y reorganización sin parangón en el sistema de las cajas de ahorros.

El plazo es claro, el 31 de diciembre de 2014, todas las Cajas de Ahorros españolas deben transformarse en fundaciones bancarias. Pero, ¿qué significa esto? y sobre todo, ¿qué consecuencias tiene para los clientes?

La primera pregunta es mucho más fácil de contestar: siempre que se cumplan los requisitos de tener un ámbito de actuación superior al de Comunidad Autónoma, disponer de activos por valor de más de 10 millones de euros o cumplir con una participación en el capital de la entidad de crédito por encima del 10%, la transformación es obligatoria y significa, entre otras características, que el nuevo sistema separa de los órganos de gestión de las Cajas a políticos no profesionales.

La asamblea quedará constituida por un patronato de no más de 15 miembros, que serán independientes, cumplan criterios de honorabilidad y con experiencia en el sector.

La nueva Fundación (siempre que controle más del 30% de una entidad) deberá suscribir un protocolo de gestión que tiene que ser aprobado por el Banco de España con criterios sobre empresas participadas, consejeros y posibles conflictos de interés, y con obligación de presentar un plan financiero.

En cuanto a la segunda pregunta,  supone el último paso antes del fin de la distinción entre cajas y bancos. En teoría, el cliente no percibirá grandes cambios, ya que probablemente las marcas seguirán siendo similares y las cajas que hoy en día perviven ya desarrollan mayoritariamente su actividad a través de bancos de su propiedad.

Lo que sí supondrá, por tanto, es la pérdida de la autorización para actuar como entidad de crédito. Es decir, no podrán comercializar créditos ni hipotecas, ni tampoco ofrecer pagarés, imposiciones, tarjetas o cualquier otro producto bancario a los clientes, sino que serán los propios bancos quienes se encarguen de esa labor.

En cuanto a su obra social, dependerá de sus beneficios aunque podrán buscar participaciones empresariales para mantener o incrementar sus recursos económicos para estos objetivos.

En cualquier caso,  y de cara al medio-largo plazo, las repercusiones para el cliente de base, son poco previsibles y dependerán del porcentaje que quede fuera de la fundación en manos privadas flotantes.

Aunque en palabras de Mario Fernandez, presidente de Kutxabank: “No tenemos preocupaciones por la entrada de capital privado porque no ha entrado ninguno. No sabemos cuál es el futuro. Las cajas de ahorro son entidades privadas. Kutxabank es una entidad de crédito privada. Tiene mérito privatizar lo que ya es doblemente privado. No se puede privatizar lo que ya es privado”

Más información:

http://www.deia.com/2014/06/15/economia/la-caixa-capitanea-la-conversion-de-las-cajas

http://www.eitb.com/es/noticias/economia/detalle/2278918/kutxabank–fernandez-no-se-puede-privatizar-lo-es-privado/

 

 


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